NUEVA CATEGORÍA EN LA MODALIDAD DE PARA-KARATE
Comunicamos la ampliación de las categorías de la modalidad de para-karate, con la incorporación de la categoría Discapacidad Auditiva K50.
Requisitos de elegibilidad:
– Deportistas con sordera bilateral.
– Pérdida auditiva mínima de ≥ 55 dB en el oído menos afectado, determinada mediante audiometría tonal.
Referencia para la asignación de la puntuación extra (PE) (OMS):
– Moderada: 41-60 dB
– Grave: 61-80 dB
– Profunda: ≥ 81 dB
Documentación a aportar:
– Certificado de discapacidad ≥ 33%.
– Informe médico oficial, firmado por especialista, con las pruebas diagnósticas que acrediten la elegibilidad.
Condiciones de competición: No se permite el uso de dispositivos de ayuda auditiva en la zona de competición (ni audífonos ni implantes cocleares).
Nota adicional: Los criterios de elegibilidad, así como la puntuación extra (PE), tienen carácter transitorio hasta la consolidación definitiva de la categoría K50 dentro del sistema de Para-Karate, habiendo sido establecidos tomando como referencia los definidos por el ICSD (Comité Internacional de Deportes para Sordos).
La incorporación de esta nueva categoría se hará efectiva en el Campeonato de España Infantil 2026
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